El Plan, aprobado en el Consejo de Ministros del pasado 29 de Abril,  y aún pendiente de publicación en el B.O.E, articula medidas de distinta naturaleza dirigidas a propiciar el afloramiento del trabajo no declarado y potenciar los mecanismos de control como instrumentos de disuasión y de reacción frente a la ocultación y precarización de las relaciones laborales.

Concretamente, las medidas legislativas urgentes incluidas en el Real Decreto Ley parten de la apertura de un proceso de regularización voluntaria del empleo irregular de trabajadores, que va desde la fecha de entrada en vigor de la norma (aún por determinar) hasta el 31 de julio de 2011.

Durante este proceso las empresas que decidan acogerse voluntariamente deberán proceder a comunicar el alta de los trabajadores en la Seguridad Social dentro del plazo señalado.

Transcurrido el plazo del proceso de regularización voluntaria, la norma establece un endurecimiento de las sanciones administrativas relacionadas con las conductas fraudulentas de empleo irregular o sumergido en sus distintas variantes o modalidades.

INFRACCIÓN SANCION ACTUAL SANCIÓN A PARTIR 1 DE AGOSTO 2011
Incumplir la Obligación de Alta y Afiliación en Seguridad Social De 626 a 6.250.-€ De 3.126 a 10.000.-€
Compatibilizar el trabajo con el cobro de las prestaciones por Desempleo y otras de Seguridad Social incompatibles De 6.251 a 187.515.-€ De 10.001 a 187.515.-€

Entre las medidas adoptadas por este Plan, se encuentra una intensificación de la actividad y eficacia de las actuaciones de vigilancia y control del trabajo no declarado, por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el marco de las distintas acciones emprendidas contra el fraude en los últimos años.