El Consejo de Ministros ha aprobado un Acuerdo por el que se establece la reactivación, tal y como contemplaba el Acuerdo de 2008, el período transitorio en materia de acceso al mercado de trabajo español para ciudadanos rumanos.
Así, los ciudadanos rumanos que quieran venir a trabajar a España por cuenta ajena deberán tramitar una autorización previa basada en la existencia de un contrato de trabajo. Esta medida en ningún caso tendrá efecto alguno sobre aquellos rumanos que ya forman parte del mercado laboral español.
La medida tiene carácter temporal y será objeto de una evaluación continuada basada en la evolución del mercado laboral español, revisándose la misma a finales del año 2012. Igualmente esta medida ha sido aprobada y consolidada por la Comisión Europea, mediante Acuerdo del 11 de Agosto de 2011, habiéndose incluso introducido la posibilidad de que el plazo inicial previsto (hasta finales de 2012), se vea ampliado, en atención a la evolución del Mercado Laboral Español.