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Se ha publicado en el BOE del día 27 de febrero de 2023 la Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023. Se desprende que Hacienda pondrá el foco en detectar economía sumergida, en especial en el sector de la rehabilitación y las reformas de inmuebles, así como para la identificación de software de ocultación de ventas, y se reforzará el control sobre cobros virtuales a través de entidades o aplicaciones radicadas en el extranjero, las falsas residencias, así como la investigación sobre criptomonedas, entre otros.

Exponemos un breve resumen de las principales medidas y actuaciones que se van a acometer en este ejercicio 2023 por parte de Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT):

  • Se va a  implantar un nuevo servicio de información y de asistencia Digital Integral, para que los ciudadanos decidan cómo quieren ser atendidos por la AEAT en aquellos servicios y trámites que así lo permitan.
  • En relación a la imposición de sanciones tributarias, se establecerá un nuevo criterio que será relevante para la imposición de estas: el historial de cumplimiento e incumplimiento del contribuyente.
  • Se va a realizar una campaña específica de avisos, en el IRPF de 2022,  durante el periodo de presentación, dirigida a aquellos ciudadanos que tienen mayor probabilidad de no presentar la autoliquidación cuando están obligados a ello.
  • Respecto al Impuesto sobre Sociedades se espera realizar una carga de datos automática de los créditos pendientes de ejercicios anteriores en la declaración del ejercicio, en función de lo declarado o calculado en ejercicios anteriores, y se mostrará en datos fiscales la información sobre los ajustes contables realizados el ejercicio anterior.
  • Hay previsión de adelantar las devoluciones de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades a pequeñas y medianas empresas.
  • Se quiere depurar el censo de entidades no mercantiles con el objeto de dar de baja, en su caso, aquellas entidades que no cumplan los requisitos para estar efectivamente dadas de alta.
  • Hay pretensión de dar educación cívico-tributaria a los diversos colectivos de la sociedad española, con materiales formativos encapsulados de autoaprendizaje, específicos para cada colectivo, y más enfocados a las necesidades reales de los mismos.
  • Siguen adelante con las labores de investigación directa sobre contribuyentes de alta capacidad económica, conocidos por sus siglas en inglés como HNWI (High Net Worth Individuals) o UHNWI (Ultra High Net Worth Individuals), para la detección y regularización de los comportamientos irregulares en que incurran.
  • Se trabajará para la implementación y explotación de herramientas para la utilización masiva de la nueva información sobre inmuebles y sociedades procedente del Consejo General del Notariado (Índice Único Notarial) de laque dispone la AEAT.
  • Se pone el foco en aquellos sectores y modelos de negocio en los que se aprecie alto riesgo de existencia de economía sumergida, con especial atención al uso intensivo de efectivo o al empleo de métodos electrónicos de pago radicado en el extranjero y no sujeto, de hecho, o de derecho, a las obligaciones de suministro de información.
  • Se dirigirán actuaciones canalizadas a evitar el uso abusivo de la personalidad jurídica con la principal finalidad de canalizar rentas, o desviar indebidamente gastos personales de personas físicas, de manera que se reduzcan improcedentemente los tipos impositivos aplicables.
  • Continuidad con la comprobación de aquellas entidades que han sido creadas instrumentalmente con el único fin de emitir facturas irregulares para ser deducidas por sociedades operativas.
  • Comprobación de la correcta imputación de rentas a sus socios por parte de comunidades de bienes u otras entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades económicas, así como la realidad de los rendimientos declarados por éstas.
  • Seva a llevar control de la falsa afectación a la actividad económica de bienes de lujo o de servicios relacionados con el sector del lujo por parte de personas jurídicas cuya actividad no se encuentre vinculada con el aprovechamiento o arrendamiento de tales bienes.
  • Más control, por parte de los órganos gestores, sobre rentas que tengan su origen en el desarrollo de actividades económicas por personas físicas o jurídicas, con el objeto de que resulte alineado con la reorientación de las actuaciones de control de dichos órganos.
  • Se va a seguir con  la verificación por parte de la AEAT del adecuado cumplimiento de la obligación de los sujetos pasivos acogidos al sistema SII.
  • Se continua potenciando el control sobre las tramas de fraude al IVA intracomunitario que operan en el sector de vehículos.
  • Se va a intensificar el control de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (SOCIMI).
  • Se establecerá más control de nuevas formas de divisiones artificiales de las actividades económicas, tanto en el IRPF, cuando se pretende rebajar la progresividad de la tarifa, como en el IS, cuando la finalidad es la creación de entidades al objeto de burlar la gestión recaudatoria.
  • Refuerzo en  los planes destinados a potenciar la presencia en la calle del personal de Inspección, principalmente dedicados al sector de la construcción inmobiliaria, especialmente en lo que se refiere a la rehabilitación y reformas.
  • Promoción para que los sistemas informáticos que soporten procesos de facturación tengan la capacidad de remitir registros de facturación a la AEAT de una forma mecánica y automatizada.
  • Aumento del número de visitas a los establecimientos donde se encuentran mercancías sujetas a vigilancia aduanera para verificar el correcto uso de las autorizaciones correspondientes.

Se va a poner el foco en las siguientes actuaciones específicas:

  • Control sobre las actividades de rehabilitación y reformas de vivienda.
  • Más mecanismos de control aquellos residentes en España que rebajan artificialmente su factura fiscal al declarar por el Impuesto sobre la Renta de los no Residentes. También se focalizará la comprobación en esas personas no nacionales que eligen residir en España pero que no tributan por su renta mundial, «sino que lo siguen haciendo, incorrectamente, a través del Impuesto sobre la Renta de No Residentes únicamente por la renta obtenida o generada en España».
  • Vuelta a la presencia «en la calle» de los inspectores del ministerio.
  • Control directo sobre contribuyentes de alta capacidad económica «para la detección y regularización de los comportamientos irregulares en que incurran».
  • Investigación sobre las prácticas empresariales que buscan beneficiarse de deducciones y otros incentivos fiscales de forma indebida. Es una práctica que llevan a cabo las entidades carentes de actividad, cuyo principal motivo de su existencia es el aprovechamiento indebido de estos beneficios fiscales.
  • Comprobación de las Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (SOCIMI), controlando el cumplimiento de los requisitos de inversión y de reparto de dividendos previstos normativamente.