Desde el 1 de julio y hasta el 30 de septiembre los autónomos pueden modificar su base de cotización, eligiendo otra dentro de los límites mínimo y máximo que les resulten aplicables según la edad. Se trata del tercer plazo de 2021, ya que desde el 01-01-2018 los autónomos tienen la posiblidad de cambiar de base de cotización hasta 4 veces al año (en abril, julio, octubre y enero). Este plazo se trata de la última oportunidad para quienes quieran que su base suba o baje dentro del año ya que en el cambio que se puede solicitar a partir del 01 de octubre, los cambios no se harían efectivos hasta 2022.
Es muy importante tener en cuenta el importe de la base de cotización en el caso de los autónomos ya que de ella dependen sus prestaciones presentes en caso de enfermedad, accidente, paro, maternidad o paternidad, y también en caso de su futura pension.
Además de modificar la base de cotización, también se puede solicitar que la cuantía por la que cotiza se incremente automáticamente cada año en la misma proporción que lo haya hecho la base mínima o máxima de cotización, o también se puede comunicar que se renuncia a dicho incremento.