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autónomo trabaja en su casaUna  reciente resolución de Tribunal Económico Administrativo Central ( TEAC) del pasado 10 de septiembre contradice el criterio seguido hasta ahora por Hacienda y abre la puerta a que los autónomos que trabajan desde casa puedan deducir gastos como luz, agua, gas o teléfono. Ya se habían producido sentencias favorables a la deducibilidad de estos gastos, pero el criterio de Hacienda  era restrictivo  y lanzaba paralelas al contribuyente.

Ahora, la resolución de TEAC es vinculante para la administración y de obligado cumplimiento para los funcionarios. Hasta ahora Hacienda admitía  deducir gastos derivados de la titularidad de la vivienda como el IBI, tasas de basura o cuotas de comunidad. El importe de deducción se fijaba por metros cuadrados de la casa destinados al desarrollo de la actividad. Sin embargo Hacienda rechazaba aplicar esta regla a gastos de consumo como luz, agua o teléfono.

Ante esta posición el TEAC adopta una postura de admitir la deducibilidad de estos gastos también, ¿cómo?; plantea una vía intermedia y defiende que se utilicen criterios combinados de metros cuadrados con días laborables de actividad y las horas en que se ejercita dicha actividad en el inmueble. También señala que el derecho a desgravar está  condicionado a que el obligado tributario pruebe que el consumo sujeto a deducción  tiene un uso para la actividad.

Ahora hay que esperar a que Hacienda estudie la resolución y elabore instrucciones internas para que los funcionarios sepan cómo actuar a partir de ahora en estos casos. Por otra parte los contribuyentes deberán valorar qué medios de prueba servirán ante Hacienda para deducir esos gastos.