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Ante la proximidad de la finalización del año y también del ejercicio fiscal hay una serie de cuestiones a tener en cuenta para reducir la “factura de Hacienda”.

Uno de los elementos que se tendrá en cuenta es la nueva regulación que afecta a las plusvalías de los activos financieros ( acciones, fondos de inversión etc). Desde el 1 de enero del 2013 las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de estos activos que hayan sido adquiridos en un plazo inferior a 12 meses tributan en la base general del ahorro ( puede ir del 24,75% al 56%) .

En cuanto a las ganancias generadas con los activos mantenidos más de un año, tributarán como rendimiento del ahorro, del 21% al 27% en función de la ganancias.

Hay que recordar que podemos traspasar de un fondo a otro sin penalización fiscal hasta que reembolsemos cantidades o que podemos aprovechar las pérdidas que este generando cualquiera de estos activos de menos de un año para compensarlos con el resto de rentas de la base general.

Respecto a las inversiones inmobiliarias tener en cuenta que desde el 1 de enero del 2013 ya no es aplicable la deducción por vivienda habitual ni cuenta ahorro vivienda, no obstante, se sigue manteniendo para las inversiones anteriores a esta fecha (hasta el 15% de las cantidades satisfechas con el límite de 9.040€). Importante saber que las viviendas adquiridas entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre del 2012, el 50% de la ganancia que se obtenga con su venta estará exenta.

Otro producto para aligerar la factura fiscal son los planes de pensiones. Estos productos reducen la base imponible con un límite de 10.000€ que asciende a 12.500€ si el participe tiene más de 50 años. Como los fondos de inversión el participe no tiene que tributar hasta que rescate el plan y  puede traspasar de un plan a otro sin tributar por ello.