El pasado 28 de noviembre se ha publicado la Ley 26/2014 de reforma del IRPF que entrará en vigor el ejercicio 2015. Pasamos a comentar las principales novedades que van a afectar a los contribuyentes.
- Las indemnizaciones por despido seguirán estando exentas, pero sólo los primeros 180.000€
- A las ganancias patrimoniales producidas por venta de inmuebles adquiridos antes de 1994 se les seguirá aplicando los coeficientes reductores, ahora con el límite máximo de 400.000€ del valor de transmisión.
- En los rendimientos derivados del arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda se elimina la reducción del 100% anterior y se mantiene la del 60%.
- Desaparece la deducción por alquiler de vivienda ( para el inquilino). Para las personas que estuvieran de alquiler en años anteriores se les aplicará un régimen transitorio.
- Las ventas de derechos de suscripción de acciones tributarán, antes no, y se elimina la exención de los primeros 1500€ en ingresos por dividendos.
- Es el último año que tributen por el sistema de módulos actividades como albañilería, fontanería, carpintería o electricidad. El comercio al por menor y los transportes podrán seguir en el sistema.
- Aumentan los mínimos por contribuyente, descendientes, ascendientes, discapacidad y se crea una nueva deducción por familia numerosa.
- Se declaran exentas las ganancias derivadas de la transmisión de cualquier elemento patrimonial realizada por personas mayores de 65 años siempre que se destinen a constituir rentas vitalicias. Tienen el límite de 240.000€.
- Planes de pensiones, disminuye el límite máximo a desgravar a 8.000€, manteniendo los actuales para personas mayores de 50 años.
- Se suprime la deducción por obtención de rendimientos de trabajo o actividad económica de 400€ anuales.