El pasado 28 de diciembre de 2022 se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.
La norma tiene como finalidad establecer un marco normativo específico para contener el alza de los precios y apoyar a los ciudadanos y empresas más afectados en el ámbito de la energía, los alimentos, el transporte, la industria de gas intensiva, la estabilidad económica y financiera y el escudo social.
Las principales medidas en materia laboral y de Seguridad Social que prevé la norma son las siguientes:
1. Incremento extraordinario de las pensiones de jubilación e invalidez del sistema de Seguridad Social, en su modalidad no contributiva y de la prestación del ingreso mínimo vital.
Se aplicará un incremento extraordinario tanto a las pensiones de jubilación e invalidez no contributivas, como al ingreso mínimo vital, desde el 1 de enero de 2023 y para todo el año, mediante el complemento del porcentaje que se deba aplicar a dichas prestaciones para su actualización de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023 hasta alcanzar un porcentaje total del 15%.
2. Prórroga de la regulación de la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de un contrato de relevo vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2011
Se modifica la Ley General de la Seguridad Social para establecer una prórroga de la regulación para la modalidad de jubilación parcial con simultánea celebración de un contrato de relevo, vigente con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, de actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, a las pensiones causadas antes del 1 de enero de 2024. Asimismo, se establecen los requisitos para su acceso.
3. Prórroga de la vigencia del SMI para 2022
Hasta que se apruebe el Real Decreto que fijará el salario mínimo interprofesional para el año 2023, se prorroga la vigencia del SMI fijado para el año 2022, por tanto, seguirá siendo 33,33 €/día o 1.000 €/mes.
4. Prórroga de las medidas laborales en cuanto a la prohibición de despedir, vinculadas con el disfrute de ayudas públicas relacionadas con el coste de la energía
Se prevé que el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2023, por parte de aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en la norma. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida. Asimismo, las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos.
5. Prórroga de las cuotas a la Seguridad Social
Dadas las dificultades que se derivan del actual contexto económico, se prorroga, por un plazo de tres meses más, el régimen extraordinario de aplazamientos en el pago de cuotas de la Seguridad Social a que se refieren el artículo 2 RDL 4/2022, de 15 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo al sector agrario por causa de la sequía, el artículo 37 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, y el artículo 28 del Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania (art. 82 RDL 20/2022).
6. Jubilación activa para los profesionales sanitarios
Para facilitar la incorporación de facultativos y reforzar los servicios de atención primaria, se aprueba la jubilación activa mejorada, que va a permitir que profesionales sanitarios de atención primaria, médicos de familia y pediatras en edad de jubilación puedan continuar durante los próximos 3 años compatibilizando el 75 % de su pensión con el servicio activo a tiempo completo o a media jornada.
7. Medidas de apoyo para afectados por el volcán de La Palma
Se incluyen también medidas para seguir ayudando a los ciudadanos y empresas afectados por la erupción del volcán de La Palma, manteniendo la moratoria de préstamos hipotecarios y no hipotecarios para los afectados que la hubieran solicitado, limitada a seis meses.
También se prorrogan hasta el 30 de junio los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs) derivados de las situaciones de fuerza mayor provocadas por la erupción del volcán, y se incluyen como posibles beneficiarios de las ayudas por daños materiales en la vivienda habitual no solo a los propietarios sino a los titulares del usufructo sobre la vivienda.
La prestación para trabajadores autónomos, también se prorroga hasta junio de 2023.