La Comunidad de Madrid ha publicado el acuerdo que aprueba las normas para la concesión de las subvenciones para el año 2017 dentro de la Estrategia Madrid para el Empleo 2016-2017, con dos importantes mejoras, por un lado las subvenciones se aplican ahora también a las conversiones de contratos formativos y temporales en indefinidos, y por otro incrementado los importes del anterior año, siendo ahora de 2.500.-€ a 4.000.-€ dependiendo de las características de la contratación o la conversión a indefinido. Por tanto quedan del siguiente modo:
- Contrato indefinido a tiempo completo a desempleados inscritos en las oficinas de empleo en la C.A.M. al menos un mes ininterrumpidamente, se subvencionará con 3.000.-€.
- Conversión de contrato formativo o contrato temporal en indefinido a tiempo completo, se subvencionará con 2.500.-€.
- Contrato indefinido a tiempo completo a desempleados mayores de 45 años, inscritos en las oficinas de empleo en la C.A.M. al menos un mes ininterrumpidamente, se subvencionara con 3.500.-€.
- Conversión de contrato temporal en indefinido a tiempo completo de mayores de cuarenta y cinco años, se subvencionará con 3.000.-€.
- Contrato indefinido a tiempo completo a mujeres desempleadas con especiales dificultades de inserción, inscritas en la oficinas de empleo de la C.A.M. en un periodo de al menos 360 días en los 540 días anteriores a su contratación, se subvencionará con 3.500.-€. (4.000.-€ en caso de que sean mayores de cuarenta y cinco años).
En caso de contratación indefinida a tiempo parcial o conversiones en contratos indefinidos a tiempo parcial, el importe de la subvención se reducirá de forma proporcional a la jornada establecida y no podrá ser inferior al 62,5% de la jornada de un trabajador a tiempo completo.
Requisitos:
- Estar al corriente de pago en Seguridad Social y Hacienda de la C.A.M.
- No estar incurso en las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2013.
- El centro de trabajo en el que preste sus servicios la persona contratada deberá estar radicado en la Comunidad de Madrid.
- Mantener el contrato y la jornada al menos 12 meses desde la fecha del contrato.
- No haber tenido relación laboral en los 6 últimos meses, excepto en el cso de conversión de contratos temporales y formativos en indefinidos.
- Comunicar en el plazo de un mes a la D.G.S.P.E. las variaciones que se produzcan con relación a las contrataciones bonificadas.
- Comunicar en el plazo de un mes a la D.G.S.P.E. la obtención de otras subvenciones.
- Informar a las personas con contratos subvencionados, que dicho contrato es financiado con fondos procedentes del Servicio Público de Empleo Estatal.
- Acreditar a la D.G.S.P.E. en un mes posterior al plazo de un año del contrato, el mantenimiento del empleado en alta a la Seguridad Social.
- Conservar durante cinco años, la documentación justificativa de la aplicación de los fondos recibidos.
- La contratación indefinida supondrá incremento neto del nivel de empleo indefinido de la empresa.
- Mantener al menos 1 año el incremento de empleo.
El plazo de presentación desde el 1 de Enero hasta el 31 de Diciembre y en todo caso en el plazo de un mes desde la fecha de alta en Seguridad Social de la persona contratada o de la conversión en indefinido.