VeriFactu: nuevo aplazamiento y cómo afecta en 2027

El Gobierno ha decidido posponer de nuevo la entrada en vigor de VeriFactu, el sistema que regulará cómo deben operar los programas informáticos utilizados para emitir facturas.

Este cambio supone un año adicional para que pymes y autónomos puedan revisar sus herramientas, adaptarlas a los requisitos técnicos y familiarizarse con el funcionamiento del futuro modelo de registro de ventas.

A continuación, en Asetra encontrarás un resumen claro de en qué consiste este sistema, por qué se ha retrasado y qué implicaciones tiene para quienes facturan a través de un software.

Qué es VeriFactu y cuál es su función

VeriFactu se desarrolla a partir del Real Decreto 1007/2023 y establece las normas que deberán cumplir todos los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF). Su objetivo es que cada factura quede registrada de forma segura y trazable mediante un código QR y un registro automático (conocido como “registro de facturación de alta”) que se genera en el instante en que se emite.

Este registro debe estar disponible para la Agencia Tributaria, ya sea porque se envía directamente al organismo (si eliges operar en modo VeriFactu) o porque se conserva en el propio software cumpliendo estrictos estándares de integridad y accesibilidad.

La normativa afecta a cualquier empresa o profesional que utilice aplicaciones informáticas para facturar, incluidas hojas de cálculo adaptadas. Quedan al margen quienes elaboran facturas manualmente o con Microsoft Word, los contribuyentes adheridos al Suministro Inmediato de Información (SII) y aquellos que tributan en País Vasco y Navarra.

Nuevos plazos de aplicación obligatoria

El real decreto ley publicado el 3 de diciembre amplía un año los plazos inicialmente previstos. Las fechas definitivas quedan así:

  • 1 de enero de 2027: sociedades sujetas al Impuesto sobre Sociedades.

  • 1 de julio de 2027: autónomos y empresas que utilicen software de facturación.

Aunque la medida ha sido aprobada por la vía urgente, todavía debe ser validada por el Congreso en un plazo máximo de 30 días para continuar en vigor.

Por qué se ha retrasado la implantación

El Gobierno ha atendido distintas solicitudes procedentes de colectivos empresariales y profesionales:

  • Pymes y autónomos han reclamado más tiempo para adaptarse, señalando el coste de renovación tecnológica, la necesidad de formación y la falta de competencias digitales.
  • Hacienda considera que un calendario más amplio facilitará una transición ordenada y reducirá la presión administrativa a quienes ya gestionan numerosas obligaciones fiscales.
  • Organizaciones sectoriales venían advirtiendo de la incertidumbre normativa y pedían mayor claridad antes de exigir el cumplimiento efectivo de VeriFactu.

Cómo afecta el aplazamiento a pymes y autónomos

La ampliación del calendario proporciona un margen importante para preparar con calma la transición. Entre sus consecuencias destacan:

Más tiempo para actualizar el software

Muchas empresas estaban aún analizando herramientas o valorando la posibilidad de adoptar el sistema gratuito que ofrecerá la Agencia Tributaria. El nuevo plazo permite comparar opciones y planificar la migración con menos prisas.

Menor presión administrativa

La proximidad de la antigua fecha límite había generado inquietud en numerosos sectores. El retraso supone un alivio, siempre que se utilice para organizar correctamente la adaptación.

La obligación permanece vigente

Aunque la entrada en vigor se pospone, el cumplimiento será obligatorio en 2027. Si utilizas métodos manuales o programas sin garantía de integridad, deberás modernizar tu sistema o reforzar la forma en la que almacenas los registros.

Una transición más gradual

El tiempo extra ayuda a que proveedores, empresas y administraciones puedan aclarar dudas, definir procedimientos y corregir la confusión generada por los continuos cambios en los últimos meses.
Aun así, conviene no dejar la preparación para el último momento: revisa tus procesos internos, consulta con tu software de facturación y establece un plan de adaptación realista.

Asetra, tu apoyo para cumplir con VeriFactu en 2027

Muchas compañías ya han invertido en prepararse para este nuevo sistema, y ese esfuerzo las coloca en una posición ventajosa de cara al futuro.

Si aún no has empezado, este aplazamiento te ofrece la oportunidad de analizar alternativas, ordenar tus procesos de facturación y llegar a 2027 con todo listo.

Si necesitas orientación, resolver dudas o valorar soluciones de facturación seguras, Asetra puede acompañarte en todo el proceso y ayudarte a cumplir la normativa con confianza. Pide una cita y hablemos.

Asetra: evolucionando contigo.

Preguntas frecuentes sobre VeriFactu en 2027

¿Qué es exactamente el “Registro de facturación de alta” que recibe la Agencia Tributaria?

Es un conjunto de datos generados automáticamente por el software en el momento de emitir una factura. Recoge información esencial y permite acreditar que la operación es íntegra y no ha sido manipulada. No se trata de una factura electrónica y solo se remite a la AEAT de forma inmediata si se activa la modalidad VeriFactu.

¿VeriFactu obliga a enviar facturas electrónicas (FacturaE) a todos los clientes?

No. VeriFactu regula cómo debe funcionar el programa interno de facturación para garantizar seguridad y trazabilidad. La obligación de emitir factura electrónica a otras empresas o autónomos deriva de la Ley Crea y Crece, que es independiente y se centra en el formato y envío al cliente.

¿Qué ocurre si mi software no está preparado a tiempo? ¿Pueden sancionarme?

Sí. Utilizar programas que permitan alterar ventas o que incumplan el Reglamento puede implicar sanciones de hasta 50.000 € anuales para el usuario y hasta 150.000 € para el fabricante. El desarrollador debe emitir una declaración responsable que certifique que el software cumple con la normativa.

¿La AEAT publicará un listado oficial de softwares válidos?

No habrá un catálogo oficial. La responsabilidad recae en el productor del software, que debe emitir una Declaración Responsable y facilitar documentación técnica que demuestre el cumplimiento. Como usuario, es recomendable solicitar siempre esta acreditación.

¿Qué operaciones quedan fuera de VeriFactu además de las mencionadas?

Se excluyen aquellas operaciones que no requieren factura según la normativa vigente o que se documentan mediante recibos específicos. En la práctica, muchos contribuyentes en regímenes como módulos o recargo de equivalencia quedan fuera porque rara vez tienen obligación de emitir factura.

¿Cómo aparecerá el código QR y qué información incluirá?

El QR debe incorporarse a la factura impresa o en PDF. Contiene una URL de la AEAT que integra el NIF del emisor, número y serie de la factura, fecha y total. Sirve para verificar la autenticidad del documento y forma parte del sistema de trazabilidad.

¿Qué diferencia hay entre usar el modo VeriFactu y limitarse al cumplimiento básico?

Si eliges la opción voluntaria (modo VeriFactu), los registros se envían a la AEAT automáticamente, reduciendo tu carga de custodia. Si no optas por ella, el software debe igualmente crear y almacenar todos los registros con las garantías exigidas, pero permanecen en tu sistema en lugar de enviarse al instante.